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¿Se puede echar a un inquilino con discapacidad? Descubre tus derechos como arrendador 👍🏡

1 de abril de 2024

Hola a todos, soy Aitor y en esta ocasión quiero abordar un tema importante que puede generar muchas dudas en el ámbito del alquiler de inmuebles. Antes que nada, quiero recordarles que soy abogado especializado en temas de Real State y que, a través de este blog, me gusta compartir mi conocimiento para ayudarles a entender mejor sus derechos y obligaciones en este ámbito. Así que sin más preámbulos, vamos a hablar sobre una cuestión delicada: ¿Se puede echar a un inquilino con discapacidad?

Derechos y obligaciones del arrendador

Antes de adentrarnos en este tema, es importante tener claro que, como arrendador, tienes derechos, pero también tienes ciertas obligaciones legales que debes respetar. El respeto a la dignidad y a los derechos de las personas con discapacidad es uno de estos deberes fundamentales que no pueden ser pasados por alto en ninguna circunstancia.

Algo importante a tener en cuenta es que la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una serie de derechos y obligaciones tanto para el arrendador como para el arrendatario, y es aquí donde entran en juego las disposiciones relacionadas con las personas con discapacidad.

La legislación vigente

En España, la normativa destinada a proteger los derechos de las personas con discapacidad es clara y contundente. El arrendador no puede desahuciar a un inquilino por el simple hecho de tener una discapacidad, ya que esto constituiría una discriminación por razón de discapacidad, prohibida por ley.

Es importante entender que la discapacidad no puede ser motivo de desalojo, a menos que existan circunstancias específicas y justas que así lo ameriten. En cualquier caso, el arrendador está obligado a respetar y garantizar los derechos de las personas con discapacidad tal y como lo establece la normativa.

Adaptaciones en la vivienda

Una cuestión importante a considerar es la posibilidad de realizar adaptaciones en la vivienda para garantizar la accesibilidad de la persona con discapacidad. Estas adaptaciones pueden ir desde la instalación de rampas o ascensores hasta la modificación de ciertos espacios para hacerlos más funcionales y seguros. Es importante recordar que el arrendador está obligado a permitir y facilitar estas adaptaciones en la medida de lo posible, siempre y cuando se respeten las normas y reglamentos aplicables.

En una ocasión, tuve el caso de un cliente que era arrendador y se negó a permitir la instalación de un salvaescaleras para su inquilino con discapacidad. Esto desencadenó un proceso legal en el que mi cliente resultó condenado a pagar una indemnización significativa por vulnerar los derechos de su inquilino. Esta situación ejemplifica la importancia de respetar los derechos de las personas con discapacidad y la necesidad de actuar de manera justa y equitativa en estas circunstancias.

Reflexiones finales

Espero que esta información te haya resultado útil y te haya ayudado a comprender mejor la complejidad de esta situación. En los casos de arrendamiento a personas con discapacidad, es fundamental buscar soluciones que permitan conciliar los intereses de ambas partes de manera justa y respetuosa.

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Si has tenido algún caso similar o alguna experiencia relacionada con este tema, te invito a compartirla en los comentarios. Tu opinión y tus vivencias son importantes y pueden enriquecer el debate sobre este asunto. Y recuerda, si tienes alguna duda o necesitas asesoramiento legal, no dudes en dejar tu comentario y estaré encantado de ayudarte en la medida de mis posibilidades.